Productos lácteos: La importancia de su etiquetado

El pasado martes 22 de Enero ha entrado en vigor en España una nueva normativa sobre el etiquetado de la leche y los lácteos relacionado con el origen de estos productos.

La ley obliga a dar información sobre:

  • País de origen de la leche
  • País en el que ha sido transformada la leche

Tanto si tu producto lácteo se envasa en botella de cristal, plástico o cualquier otro material, como si tienes un producto graso como pueden ser los quesos…

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Los consumidores quieren y queremos saber lo que compramos y de donde vienen los productos o los ingredientes que los forman. Además, es muy habitual que prefiera comprar productos de origen nacional y más aún local.

Con esta nueva normativa, ya vigente en el Real Decreto, se aumente el consumo de la leche y de los productos lácteos de origen nacional.

Artículo 3 del Real Decreto 1181/2018, sobre el etiquetado

“Artículo 3. Etiquetado. Indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.

1.La etiqueta de la leche y productos lácteos a que se refiere el apartado 1 del artículo 2, enumerados en el anexo, destinados al consumidor final o a las colectividades, incluirá las siguientes indicaciones obligatorias, relativas a la leche utilizada como ingrediente:

                     a) «País de ordeño: (lugar donde la leche ha sido ordeñada)».

                     b) «País de transformación: (lugar donde la leche ha sido transformada)».

                    c) Cuando las operaciones de ordeño y trasformación ocurran en un mismo país, las menciones de los apartados a) y b) se podrán sustituir por la mención «Origen de la leche: (lugar donde la leche ha sido ordeñada y transformada)».

                    d) El lugar de ordeño y el lugar de transformación se indicarán mediante referencia a una de las zonas geográficas siguientes:

                                          1º Estado(s) miembro(s) o tercer(os) país(es); o

                                          2º «UE» o «fuera de la UE» o «UE y fuera de la UE»; o

                                          3º «España», siempre que el país de ordeño o de transformación sea exclusivamente España, no pudiendo sustituirse por la expresión «UE».

2. Las menciones previstas en el apartado 1 figurarán cerca de la lista de ingredientes y se expresarán con el mismo tamaño y color de fuente utilizados para la lista de ingredientes.

3. Cuando de conformidad con el artículo 19, apartado 1, párrafo d), del Reglamento (UE) 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, no figure en el etiquetado la lista de ingredientes, las menciones previstas en el apartado 1, figurarán cerca de la denominación del alimento y se expresarán con caracteres del mismo tamaño y color de fuente utilizados para la denominación del alimento.

4. Las indicaciones sobre el origen del apartado 1, en modo alguno estarán disimuladas, tapadas o separadas por ninguna otra indicación, imagen u otro elemento interpuesto y cumplirán los requisitos en cuanto a disponibilidad y presentación de las menciones obligatorias, establecidos en el Reglamento (UE) 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011.”

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Fuente: https://www.lavanguardia.com/comer/al-dia/20190121/454233534531/etiquetado-lacteos-leche-origen.html

(Recomendamos consultar la normativa de etiquetado de productos lácteos de cada Comunidad Autónoma)